Marco legal
La investigación privada en España está regulada por la Ley de Seguridad Privada y su reglamento. Todos los detectives deben estar habilitados por el Ministerio del Interior.
Requisitos para ejercer
Título universitario
Título de Detective Privado expedido por un centro universitario autorizado.
Habilitación ministerial
Habilitación del Ministerio del Interior con TPI (Tarjeta Profesional de Identidad).
Contrato escrito
Cada investigación requiere un contrato formal, comunicado al Ministerio del Interior.
Libro-registro
Obligación de mantener un libro-registro de todas las investigaciones realizadas.
Informe anual
Informe anual de actividad obligatorio, entregado en el primer trimestre de cada año.
Prueba válida en juicio
Los informes de detectives son admitidos como prueba en procedimientos civiles (LEC).
Limitaciones legales
Los detectives privados no pueden investigar delitos perseguibles de oficio (homicidio, delitos contra la seguridad pública, etc.). Su actividad se limita a asuntos de naturaleza privada, encargados por particulares o empresas con interés legítimo.
Legislación principal
Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada
Ley principal que regula la seguridad privada en España, incluida la investigación privada. Sustituyó la autorización administrativa por la "declaración responsable" para abrir despachos. Unificó el Registro Nacional de Seguridad Privada. Reconoció la especificidad de los servicios de investigación privada.
Artículos clave para detectives:
Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre — Reglamento de Seguridad Privada
Reglamento que desarrolla la Ley de Seguridad Privada con normas operativas detalladas para el personal de seguridad privada, incluidos los detectives. Parcialmente modificado por el RD 1123/2001.
Artículos clave para detectives:
Real Decreto 1123/2001 — Modificación del Reglamento
Modificación parcial del Reglamento de Seguridad Privada (RD 2364/1994). Actualiza diversos aspectos operativos.
Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada
Primera ley de seguridad privada en España. 39 artículos en 5 capítulos. Regulación menos detallada de los detectives. Sustituida por la Ley 5/2014.
Leyes de colegios profesionales
Leyes autonómicas que crean los colegios oficiales de detectives privados en cada comunidad.
Qué puede y qué no puede hacer
Puede legalmente
- Realizar seguimientos en vía pública
- Obtener información de fuentes abiertas (OSINT)
- Documentar hechos con foto y vídeo en lugares públicos
- Verificar bajas laborales y actividades
- Investigar infidelidades y custodias
- Localizar personas y bienes
- Elaborar informes periciales para juicio
- Ratificar ante el juez como testigo cualificado
NO puede legalmente
- Interceptar comunicaciones (pinchar teléfonos)
- Hackear cuentas o sistemas informáticos
- Entrar en domicilios sin autorización
- Utilizar identidades falsas
- Investigar delitos de oficio (homicidio, terrorismo)
- Ejercer funciones de las Fuerzas de Seguridad
- Portar armas (salvo permiso específico)
- Retener o detener a personas
Preguntas frecuentes
¿Qué puede hacer legalmente un detective privado?
¿Qué NO puede hacer un detective privado?
¿Qué titulación necesita un detective privado?
¿Un informe de detective vale como prueba en juicio?
Asociaciones profesionales
Conoce las organizaciones que representan a los detectives privados.
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